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2024 Convocatoria de la línea de financiación Préstamo IVF Labora Formación

11 Apr 2024
Anticipar las subvenciones aprobadas a favor de los centros, entidades de formación y autónomos acreditados por LABORA, destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas a proporcionar una mejor cualificación profesional y estimular la inserción laboral.

Objeto Esta convocatoria tiene por objeto anticipar las subvenciones aprobadas a favor de los centros, entidades de formación y autónomos acreditados por LABORA, destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas a proporcionar una mejor cualificación profesional y estimular la inserción laboral. 

Requisitos para ser beneficiario de la financiación

1. Haber resultado beneficiario de las subvenciones de LABORA de las siguientes convocatorias para las que se solicita el anticipo:

i. Resolución de 30 de diciembre de 2022, publicada el 27 de enero de 2023 (DOGV 9521) por la que se aprueba la convocatoria para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023 en aplicación de la Orden EFP/942/2022.

ii. Resolución de 30 de diciembre de 2022, publicada el 27 de enero de 2023 (DOGV 9521) por la que se aprueba la convocatoria para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023 en aplicación de la Orden TMS/368/2019.

iii. Resolución de 3 de marzo de 2023, publicada el 9 de marzo de 2023 (DOGV 9550) por la que se aprueba la convocatoria para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023 en aplicación de la Orden EFP/942/2022.

iv. Resolución de 3 de marzo de 2023, publicada el 9 de marzo de 2023 (DOGV 9550) por la que se aprueba la convocatoria para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2023 en aplicación de la Orden TMS/368/2019.

2. Haber iniciado la actuación formativa en el momento de la solicitud.

3. Estar en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable.

4. Estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, así como de las obligaciones ante la Seguridad Social.

5. No estar incurso en un procedimiento de insolvencia colectiva.

6. El cumplimiento de los requisitos del presente artículo debe acreditarse mediante la firma de la Declaración Responsable. El hecho de presentar esta Declaración Responsable facultará al IVF para hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de los datos consignados en dichas declaraciones. 

Disponibilidad presupuestaria El Institut Valencià de Finances reserva un volumen de fondos propios equivalente a 50.000.000 euros

Características de los préstamos

1. Importe: las entidades podrán solicitar hasta el 80 % del importe de la subvención concedida en el caso de las subvenciones recibidas al amparo de las convocatorias de acciones formativas para personas desempleadas; y hasta el 60 % del importe de la subvención concedida, en el caso de las subvenciones recibidas al amparo de las convocatorias de acciones formativas par personas ocupadas. En ambos casos, el importe mínimo de financiación solicitada será de 20.000 euros.

2. Plazo de amortización de la financiación: hasta 24 meses

3. Garantía: prenda sobre los derechos de crédito derivados, o que puedan derivarse, de las subvenciones concedidas por LABORA.

4. Amortización: los cobros procedentes de las subvenciones pignoradas o de cualquier otro derecho económico que corresponda al prestatario por la prestación del servicio, se aplicarán a amortizar anticipadamente la operación hasta su total cancelación.

5. Tipo de interés: el préstamo devengará un tipo de interés resultante de la suma del tipo EURIBOR a un año, con límite inferior 0 %, más un margen de riesgo de crédito del 2,20 %, a aplicar sobre el riesgo vivo de la operación en cada momento.

6. Liquidación: la liquidación y pago de los intereses se efectuará coincidiendo con la amortización del capital dispuesto. En la fecha de vencimiento de la operación, el Institut liquidará las diferencias existentes, en su caso, entre el importe nominal del préstamo más el interés devengado de la operación y los importes cobrados por el IVF por los derechos económicos de la subvención anticipada. No obstante, en caso de producirse amortizaciones anticipadas, los importes percibidos se aplicarán, además del capital, a los intereses devengados hasta ese momento.

7. Sin comisiones de apertura, disposición y cancelación anticipada.

Solicitudes La solicitud de financiación se realizará mediante los formularios de cumplimentación electrónica previsto en la presente convocatoria como Anexo I, siendo obligatoria su presentación online a través de los medios disponibles en la página web del IVF (https://prestamos.ivf.es).

Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes podrán presentarse desde el día 12 de abril y hasta el 30 de noviembre de 2024.

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