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DANA 2024. publicidad de los fondos que financiarán las ayudas concedidas de las ayudas urgentes y complementarias a los trabajadores por un expediente temporal de regulación de empleo por fuerza mayor a consecuencia de la emergencia causada por la dana

03 Dec 2025
Resolución de 1 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se da publicidad a los fondos que financiarán las ayudas concedidas a través de las convocatorias del Decreto 17/2025, de 4 de febrero, del Consell, y del Decreto 129/2025, de 5 de septiembre, del Consell, que aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes y complementarias a los trabajadores por un expediente temporal de regulación de empleo (ERTE) por fuerza mayor a consecuencia de la emergencia causada por la dana en la Comunitat Valenciana.

Primero

Que una vez integradas estas ayudas dentro del programa FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027, procede de conformidad con las normas sobre información, comunicación y publicidad recogidas en los Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas a fondos y Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), que le resultan de aplicación, dar a conocer que las referidas ayudas concedidas a través de los decretos 17/2025 y 129/2025 van a pasar a ser cofinanciadas por el programa FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027, concretamente a través del nuevo eje prioritario.

Dar cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 50.1.b) del Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, de informar de que las ayudas concedidas a través de los Decretos 17/2025 y 129/2025 están financiadas por la Unión Europea a través del programa FSE+ Comunitat Valenciana 2021-2027.

Segundo

Que, en consecuencia, resulta necesaria la recogida de los indicadores de ejecución y resultado contemplados en los referidos reglamentos europeos, específicamente los contenidos en el Reglamento (UE) 2021/1057 a fin de realizar el seguimiento y evaluación de la actuación, por lo que de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se informa de que por parte de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, se va a proceder a la recogida informatizada de los datos de las personas beneficiarias de estas ayudas que ya se hallen en poder de la Administración, salvo que las mismas muestren su oposición expresa en el plazo de 10 días desde la publicación de esta resolución.

La oposición deberá comunicarse a través del trámite telemático al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

(ejercicio del derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos personales, limitación y oposición del tratamiento y no ser objeto de decisiones individuales automatizadas respecto a sus datos personales registrados en la Generalitat)

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19970 o

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19970&version=red

Tercero

Que los datos a recabar sobre las personas beneficiarias de estas ayudas serán los siguientes:

1. Datos personales:

– Nombre y Apellidos

– NIF O NIE

– Género

– Fecha de nacimiento

– Dirección de correo electrónico

– Número de teléfono móvil

– Emigrante o extranjero (según DNI o NIE)

2. Domicilio:

– Dirección postal

– Código postal

– Municipio

3. Nivel de estudios

4. Discapacidad reconocida mayor o igual al 33% reconocida en cualquier Comunidad Autónoma del Estado Español

5. Situación laboral a los 28 días y a los 6 meses desde el día 30 de noviembre de 2024, así como el mismo día 30 de noviembre de 2024.

6. Estar recibiendo un curso de formación o de educación oficial a 30 de noviembre de 2024.

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