Se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la A
Se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).Artículo único. Modificación de la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas y medianas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Kit Digital).
La Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Kit Digital), queda modificada como sigue:
Único. Se modifican los Requisitos mínimos del procesador y rendimiento del dispositivo hardware de la categoría de solución de digitalización XVII. Puesto de trabajo seguro, del anexo IV, Categorías de soluciones de digitalización, con la siguiente redacción:
«Requisitos mínimos del dispositivo hardware:
– Procesador: El procesador del dispositivo tendrá un mínimo de 4 núcleos físicos y una velocidad de reloj (CPU clock) máxima (en modo turbo o equivalente) de al menos 2.9 GHz. Su fecha de lanzamiento deberá ser posterior al tercer trimestre de 2023.
– Rendimiento: El procesador del dispositivo deberá haber obtenido una puntuación igual o superior a 17.000 en PassMark Software, con fecha 22 de abril de 2025.»
Disposición final única. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el 1 de mayo de 2025.
